Depreciación contable
Una empresa SA de CV adquiere el 05 de agosto de 2021 a crédito con una financiera un automóvil por el precio de 650,000.00 + IVA. El uso del auto el uso será moderado para el área de administración. Se estima que en tres años se venda a un 35% de su valor. Da un enganche de $300,000.00.
El artículo 36 fracciónión II de la Ley del Impuesto sobre la renta establece que el monto máximo de deducción es de $175,000.00. También se debe considerar el art 5 de la Ley del IVA que nos dice: Tratándose de erogaciones parcialmente deducibles para los fines del impuesto sobre la renta, únicamente se considerará para los efectos del acreditamiento a que se refiere esta Ley, el monto equivalente al impuesto al valor agregado que haya sido trasladado al contribuyente y el propio impuesto al valor agregado que haya pagado con motivo de la importación, en la proporción en la que dichas erogaciones sean deducibles para los fines del impuesto sobre la renta.
LISR art 36 fracción II
LIVA art 5 fracción I
Datos:
Precio de adquisición: $600,000.00
IVA: $96,000.00
Monto máximo de deducción: $175,000.00
Enganche: $300,000.00
Crédito: $396,000.00
Vida útil del equipo 3 años
Porcentaje de Venta 35%
Valor Residual $210,000.00
Caso si se decide acreditar $175,000.00
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Conceptos |
Pagado |
Deducción Fiscal |
Diferencia no acreditable |
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Precio de adquisición |
$600,000.00 |
$175,000.00 |
$425,000.00 |
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IVA |
$96,000.00 |
$28,000.00 |
$68,000.00 |
Sólo se puede acreditar $28,000.00 de IVA, el resto se tiene que sumar al valor del equipo de transporte de Acuerdo a la NIF A-2, postulado de sustancia económica que dice:
La sustancia económica debe prevalecer en la naturaleza de la operación sobre su forma jurídica, así como en el reconocimiento contable de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a una entidad.
NIF A-2 8
La deducción de inversiones viene regulada en la NIF-C, donde se plasman los conceptos que se deben consideran para realizar la deducción de inversiones.
La NIF C-6 no dice que el costo de adquisición de
un componente debe comprender: a) su precio de adquisición, incluidos los
derechos, impuestos y gastos de importación e impuestos indirectos no
recuperables; así como honorarios profesionales, seguros, almacenaje y demás
costos y gastos que recaigan sobre la adquisición, después de deducir cualquier
descuento o rebaja del precio.
NIF C-6 44.2.1.1
Por lo tanto el precio de adquisición del automóvil se compone de los $600,000.00 más $68,000.00 del iva que no puede ser acreditable
Entonces tenemos la siguiente Póliza contable
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Cuentas
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DR- 1, Adquisición de equipo de transporte
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Debe |
Haber |
Saldo |
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Equipo de transporte |
$668,000.00 |
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IVA acreditable pagado
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$28,000.00 |
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Acredores Diversos |
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$396,000.00 |
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Bancos |
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300,000.00 |
Determinación de la depreciación contable
Las NIF nos presentan la siguiente regla para el monto de depreciación:
El
monto depreciable de un componente debe asignarse a resultados sistemáticamente
a lo largo de su vida útil. La depreciación es un procedimiento que tiene como
in distribuir de una manera
sistemática y razonable el costo de adquisición de los componentes, menos su
valor
residual, entre la
vida útil estimada de cada tipo de componente. Por tanto, la depreciación es
un proceso de
distribución y no de valuación.
NIF C-6 46.2.2.1
Monto a Depreciar= Costo de adquisición- valor residual
Vida útil
Monto a Depreciar= $668,000.00- $210,000.00
3
Monto a Depreciar= $458,000.00
3
Monto a Depreciar anual =$ 152,666.67
Monto a Depreciar mensual =$ 152,666.67/12=12,722.22
La depreciación de un componente debe calcularse sobre bases y métodos consistentes a partir de la fecha en que esté disponible para su uso; esto es, cuando se encuentre en la ubicación y en las condiciones necesarias para operar de la forma prevista por la administración.
NIF C-6 46.2.3.1
Monto a depreciar diario =$12,722.22/30=$424.07
Si la fecha de adquisición es del día 05 de agosto se tiene que multiplicar por 25 días para determinar la depreciación del mes de agosto.
Monto a depreciar en agosto= $424.07*25 = $10,601.85
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Cuentas
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Eg- 1, Depreciación contable del mes de agosto sobre equipos de transporte.
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Debe |
Haber |
Saldo |
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Gastos de Administración |
$10,601.85 |
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Depreciación Acumulada de equipo de transporte
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$10,601.85 |
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Deducción de inversiones
De acuerdo a la LISR, sólo se puede deducir las inversiones en automóviles en un monto máximo de $ 175,000.00, a sí mismo solo se permite deducir un 25 % por ejercicio fiscal.
LISR art 36 fracción II
LISR art 34 fracción VI
La legislación también establece que en ejercicios irregulares se tiene que deducir en el porcentaje que represente el número de meses completos respecto de doce meses.
LISR art 31
Por lo tanto, tenemos del ejemplo anterior el siguiente cálculo:
DI=Monto original de inversión * Porcentaje máximo permitido
DI$175,000.00 * 25% = $43,750.00 entre 12 = $3645.33
por meses completos del año (4) = $14,583.33
Entonces la deducción de inversiones en el ejercicio fiscal del ejemplo es $14,583.33